miércoles, 1 de septiembre de 2010

Extractos de prensa conservadora del siglo XIX ( y un texto de un parlamentario)

Sobre el estado laico:
“Cumplir un deber es algo más noble que el temor de lo irracional; es el reconocimiento de los derechos ajenos y de las obligaciones propias; es el conformar nuestras acciones con ese reconocimiento; no puede existir sin la convicción de que hay una justicia suprema que ve y juzga nuestras obras; una justicia cuyos decretos no pueden ser burlados como los decretos de la justicia humana.
“¿Puede un Estado desentenderse de ese verdadero y único fundamento de toda sociedad? ¿Puede proclamar que nadie tiene el deber de obedecer a sus leyes y fiar sólo en las bayonetas para la conservación del orden social? El más fuerte tendría siempre razón contra el más débil, la fortuna, la astucia, la audacia y el crimen impune vendrían a reemplazar a la honradez, la laboriosidad y el trabajo; llegaríamos a la barbarie”
(El estandarte católico. Santiago, 1874 p.2)

Sobre la libertad de cultos:
“Estamos porque se conserve el actual orden de cosas. Exígenlo así imperiosamente altas razones y conveniencias, que convienen no sólo a la religión, sino también a la felicidad temporal de Chile. La razón indica, y toda la historia de la humanidad lo confirma, que la falta de uniformidad en las creencias religiosas de los ciudadanos es para el estado la fuente más fecunda de todo género de males. Si la unidad, energía, prosperidad y buen orden de los estados pierden tanto, cuando abrazan gente de distintas razas, idiomas, costumbres o caracteres, incomparablemente sufre más la vida de la nación cuando la religión viene a ser el elemento discordante y anarquizador. [...] Y agréguese que con la diversidad de cultos cunde el indeferentismo, y junto con las creencias religiosas van desapareciendo las virtudes morales, sin las que carecen de su savia fecundadora así los intereses públicos como los privados, y todo es perdido”.
(Revista Católica. Stgo. 1864 p74)

Sobre el fuero religioso:
“De estos principios resulta que si la iglesia necesita para cumplir su misión en este mundo reservarse el reconocimiento de ciertas causas, inhibiendo de entender en ellas a la jurisdicción temporal, está en su derecho haciéndolo así. He aquí por qué ha podido hacerlo respecto a las causas profanas de los eclesiásticos. Para establecer la inmunidad personal de estos, la iglesia ha tenido poderosos motivos. El sacerdocio, sin el cual no puede haber religión, está llamado a ejercer en la sociedad su saludable influencia, no con el apoyo de la fuerza material, sino principalmente con el ascendiente de su augusto carácter. Ese poder moral de que debe estar revestido el sacerdote, se desvanecería en mucha parte, si como cualquier otro hombre pudiera ser obligado a comparecer en juicio delante de jueces laicos.
(Revista Católica. Stgo. 1864. p 591)

Sobre el matrimonio civil:
“La familia es la base del Estado: nada mas exacto. La familia, o sea la sociedad doméstica, es por su naturaleza anterior a1 Estado o sea sociedad civil. El Estado a1 nacer encontró, pues, el matrimonio como un hecho establecido, como una institución que debia respetar i amparar en su esencia i forma primitiva. Ahora bien, una institución que por su naturaleza es anterior a otra, no puede recibir de esta su existencia, i es por tanto independiente desde su primitiva formación.”
(Discurso del diputado Juan Barriga en la sesión en que se discutió la Ley de matrimonio civil. citado en: Walker, Carlos. El Gobierno de Santa María)

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